El río de sangre femenina de las víctimas de femicidio es cada vez es más amplio. Día a día los medios reflejan casos espeluznantes de intolerancia y paternalismo acendrado como nunca se ha visto antes, y el resultado de muerte se produce en mujeres de edad cada vez más baja, lo que torna alarmante el momento que vivimos los argentinos frente a la imparable escalada de violencia de género en nuestra sociedad.
Ninguna herramienta ni amenaza legal parece ser efectiva ante éstas decisiones terminales, por parte del grupo de hombres que se sitúan ante las mujeres como si fuesen “cosas” de su pertenencia, y ante lógicas diferencias en la convivencia de pareja, deciden simplemente eliminarlas.
Desde el Centro de Estudio y Capacitación Política, Económica y Social (Cecapes) venimos estudiando esta problemática frente a todas sus perspectivas, y asumimos que el problema debe tratarse -primariamente- en el aspecto educativo-docente. Pero somos conscientes que ello llevará mucho tiempo que realmente no disponemos ante la situación que se vive día a día en esta materia, y por tal razón hemos elaborado un Anteproyecto de Ley fundando jurídicamente el agravamiento de las penas en los casos de desobediencia a las restricciones de contacto y perimetrales dictadas por los Jueces (materia exclusiva del Código Penal), y como consecuencia directa trabajar sobre los Códigos de Procedimiento Penal, tanto Nacional como provinciales, para prohibir normativamente cualquier otorgamiento de beneficios de excarcelación o morigeración, hasta que sobrevenga la sentencia final como resultado de un Juicio Oral y Público.
“La sociedad no puede permitirse la vergüenza de la muerte de otra mujer víctima de la violencia de género”
El trabajo fue puesto en manos del vicegobernador de la Provincia, Daniel Salvador y estamos a la espera de la apertura de las sesiones parlamentarias para que comience el camino legislativo hacia la meta de convertirlo en Ley, tanto ante el Congreso de la Nación, como ante la Legislatura bonaerense.
La ecuación es muy sencilla: si el sujeto activo violó la orden judicial no podemos arriesgarnos a que mate a esa mujer dejándolo continuar muy campante con su libertad ambulatoria.
No alcanza con la imposición de multas, porque ya sabemos que los agresores no son propensos a cumplir las medidas de restricción. Obviamente que esta nueva estructura legal requerirá del Fuero Penal acelerar los tiempos para el trámite de la causa, pues de lo contrario se correrá el riesgo de que la persona permanezca privada de su libertad por más tiempo del que establezca la futura sentencia condenatoria.
En nuestros días la sociedad argentina no puede permitirse la vergüenza de que haya una sola mujer muerta más por cuestiones de género, y esa es la razón por la que esperamos un pronto tratamiento de la propuesta, que de convertirse en Ley logrará que sea posible bajar la tasa de femicidios actual, pues sin duda será un mecanismo legal eficaz que permitirá proteger los derechos de las víctimas con herramientas concretas. El marco legal actual no garantiza esa protección, y es dable esperar que los legisladores actúen con prontitud y decisión asumiendo el grave momento que vivimos y de paso, obtener el “rédito político” que tanto les interesa, pues toda la sociedad aplaudirá el real avance sobre el flagelo que contiene el Anteproyecto presentado. Así lo esperamos.
(*) Presidenta y Presidente Honorario del Centro de Estudio y Capacitación Política, Económica y Social
eldia.com
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