Cronología de una condena anunciada pero no deseada por parte de la Justicia y de la Sociedad, Anacronismos groseros.

El abuso sexual no puede ser entendido adecuadamente si no lo interpretamos a la luz socioeconómica-cultural de la zona donde se produce.
Hemos visto los antecedentes históricos de la Edad Media, Grecia, Roma y recién en el siglo XVII se empezó a reprobar moralmente los abusos cometidos, aunque se transfería la responsabilidad de detener los avances sexuales a los niños.


El primer fallo judicial que protegió a una víctima de la violencia familiar fue en el año 1817, momento en el que se aplicó una ley de protección a los animales ya que se carecía de normas específicas.
La sociedad de elevado nivel económico y de poder, manejaron los medios de expresión para derivar la responsabilidad a los pobres e inmigrantes, los carentes de educación, alcohólicos, etc. generando la creencia que los abusos sexuales y la violencia familiar se daba en las clases sociales bajas. De esta forma reservaban los poderosos su “derecho” a estas prácticas denigrantes.
El ejemplo más crítico lo dio Freud cuando cambió sus teorías sobre la “histeria” bajo la amenaza tácita de dejar de asistir psicológicamente a las clases pudientes.
Parece inadmisible que la sociedad no haya evolucionado espontáneamente a un estado de mayor protección infanto-juvenil, pero la explicación es obvia.

Simplemente respondamos una pregunta sencilla:
En esos tiempos… ¿Quiénes dominaban los medios de comunicación? ¿Quiénes impartían la educación?
Las clases dominantes, los curas incluidos, que se consideraban con derecho a esas prácticas aberrantes.



No se ha modificado mucho ese “status” en nuestra sociedad actual.
En este artículo trataremos uno de los más resonantes reactivado en estos días, en el cual trataremos de resaltar aquellos puntos clave que la sociedad considera “a priori” como verdades absolutas y no son otra cosa que "prejuicios culturales".

Los argumentos del Juez de Garantías de Avellaneda Luis Carzoglio. 

El magistrado consideró que el pedido de detención "es prematuro", ya que hay dudas que favorecen al imputado y en la causa aún no está probado el presunto abuso que, según la denunciante, ocurrió la madrugada del 16 de marzo en el departamento de Zárate donde ella dormía con quien por entonces era su novio, el delantero de Independiente Martín Benítez.
En la resolución, el juez Carzoglio afirma que "la investigación del fiscal está en sus primeros albores" y que "no hay elementos para pedir la detención". Y además especifica que "hay notables diferencias entre las propias declaraciones de la víctima y la de los testigos". Como ejemplo, remarcó que "en una declaración, la víctima dice que empujó a Zárate, y en la otra que forcejeó con él". (1)
También explica que la denunciante "dice que las lesiones en su brazo -las únicas constatadas por el médico- se las hizo Zárate", pero el testigo Nicolás Pérez -otro jugador de Independiente que estaba en el lugar del hecho-, "dijo que él marcó a la víctima en su brazo cuando ella se quiso ir del departamento". (2)

En su resolución, Carzoglio da a entender que, según una testigo, pudo haber una relación consentida entre Zárate y la chica. "Una testigo declaró que Zárate le contó que antes de penetrar a la chica, hubo un juego de seducción y que ella enloqueció porque él terminó adentro", señala el magistrado.(3)

Además, el juez consideró que "otra de las chicas que estuvo en la casa contó que Zárate quiso tener sexo con ella, y que a pesar de que ella se negó, el futbolista no obró como un abusador y desistió".(4)



Tampoco le dio importancia el juez a los mensajes de texto que se intercambiaron la víctima con los amigos del denunciado y que a priori daban a entender que Zárate podía haber cometido algún tipo de abuso. "Ninguno de los mensajes de texto los mandó el acusado Zárate, como presupone el fiscal", analiza el juez. (5)

En varios tramos del escrito, el magistrado criticó el trabajo del fiscal Castro. "Hay una tendencia del fiscal a hacer prevalecer su tarea acusatoria, en desmedro del criterio de objetividad que debe primar", opinó. (6)
En primer lugar, Carzoglio menciona que "Zárate pidió declarar dos veces, y el fiscal no aceptó" y agrega que la declaración del imputado "resultaría fundamental". (7)
Además, el juez señala que "no se hizo aún la pericia psicológica para determinar si (la denunciante) tiene secuelas de abuso", que "no se preservó el lugar para registrarlo de inmediato" y que "no se hicieron careos entre aquellos que discreparon en sus declaraciones".(8)

Asimismo, destaca que también rechazó la detención porque Zárate "siempre estuvo a derecho" y que "no hay peligro procesal". "En principio, la duda es a favor de Zárate. Las pruebas no alcanzan", (9) remarca el juez en su escrito.
En el tramo final de la resolución, el magistrado aprovechó la ocasión para criticar a los protagonistas y a sus familias. (10)

"Los hechos sucedieron en el contexto de una juventud carente de formación y contención, rodeada muchas veces de promiscuidad, más la ausencia total de controles de la familia, Instituciones deportivas, y del Estado"

De los conceptos extraídos de distintas publicaciones podemos observar:
(1) En este caso es obvio que habrá contradicciones entre los testigos, el grupo relacionado en el evento 2 testigos estaban vinculados con el inculpado y la víctima se hallaba en soledad y minoría para defenderse.
(2) Marca una aparente contradicción respecto al responsable que le había efectuado las lesiones en los brazos. Lo  real e incontrovertible es que las lesiones fueron verificadas, lo que demuestra a las claras que hubo violencia física esa noche. Peor aún, los probables autores de esas lesiones son los testigos del hecho, no el inculpado. Se genera entonces otro interrogante ¿cuántos agresores hubo esa noche?.


(3) No está demostrado el consentimiento de la víctima y, por otro lado, es repugnante el argumento subordinando el enojo de la víctima al hecho de "haber terminado adentro". Como juez debería repasar el capítulo de "Ética" y dejar de denigrar a la víctima.
(4) El acusado no actuó como abusador (no agredió físicamente) cuando otra de las chicas que participó del evento se negó a tener sexo con el inculpado, lo que constituye un argumento falaz para la exculpación.
(5) No dio valor alguno a los mensajes de texto que recibió la víctima que responsabilizan al inculpado; la  razón esgrimida es que el victimario no los escribió. Argumento aberrante porque lo escribieron dos testigos amigos del inculpado, lo que da un valor particular a los textos.
(6) Responsabiliza al fiscal de cumplir con su tarea de inculpar al imputado. Un verdadero desatino.
(7) Si el juez hubiera considerado pertinente incrementar las declaraciones del imputado podría haberlas pedido, ¿por qué no lo hizo?
(8) ¿Por qué no pidió los careos y pericias pertinentes?. Es de su responsabilidad directa, no cumple con su deber al no hacerlo.
(9) La duda no es del imputado ni de la víctima, la duda es sobre el evento que está judicializado que no permite llegar a la verdad. La duda no debe ser considerada como el resultado de un partido de fútbol.



(10) No es función del juez "patear" la responsabilidad de un hecho delictivo a factores sociales, comunicacionales, familiares clubes de fútbol y el Estado en su totalidad.
Tiene que juzgar la responsabilidad de un imputado ante un hecho definido en el que hay responsables; su tarea no es exculpar a un acusado invocando la responsabilidad de instancias sociales e institucionales superiores.
El mensaje que queda es:

El Violento de Género es inocente porque es una víctima
de una sociedad e instituciones imperfectas.

Así estamos con estos jueces..
El juez interviniente es Carzoglio, amigo de los Moyano, muy relacionado con Independiente, el que no consideró la detención de el "Salvaje" Moyano.

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